- Este decreto afecta al personal docente y el de sanidad, quedando excluidos los médicos forenses, personal de gestión procesal y administración, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial al servicio de la administración de Justicia de Canarias.
- Este decreto se sustenta en los principios de igualdad, mérito y capacidad así como en la aptitud para el desempeño del puesto.
- Se constituyen a partir de los procesos selectivos (reservándose el derecho de realizar otros procedimientos extraordinarios, ver punto 8 y siguientes) y bajo el hecho expreso de tener voluntad de ser incluído en las listas (hay que decir que sí quieres formar parte de dichas listas).
- Se crean de la siguiente manera:
- se inicia con los aprobados sin plazas
- se continúa con suspendidos pero presentados al proceso selectivo
Nota: la presentación de informe (en procesos no eliminatorios) se considera ejercicio superado y en convocatorias eliminatorias, se requiere poseer más del 25% de calificación final y global máxima posible.
Nota2: siempre se va a exigir la posesión de titulaciones acreditativas (atención al plan Bolonia)
5. En caso de necesitar más personal, se aumentará la lista con los aspirantes del proceso selectivo que no hayan superado ningún ejercicio del mismo o tenga menos del 25 % de nota exigido
6. Estas listas tendrán una vigencia de 5 años (sanidad) sin perjuicio de ser sustituida por otras a partir de nuevos procesos selectivos y para los docentes cada vez que se realicen pruebas selectivas.
7. La puntuación será la siguiente:
- la consideración de apto/no apto quedará reflejada en las actas según la calificación asignada
- si no se establece una calificación será asignado como apto= 50% de la calificación máxima posible y no apto= 0
- el NO presentado será calificado como '0'
8. En caso de agotarse el personal adscrito a la lista o no se convocasen procesos selectivos, la Consejería es competente en ampliar o constituir la lista de reservas.
9. Nombramientos excepcionales, las sustituciones pueden ofrecerse a otros cuerpos o especialidades que posean los requisitos necesarios para su desarrollo.
10. La experiencia se sumará a la nota obtenida en la fase de mérito según el baremos que se establezca en el proceso selectivo no siendo superior al 45% de la nota final.
Bueno... como ven mucha teoría que puede ser beneficiosa sino fuera por el modus operandi que no ha dejado de llegar la actual, y anteriores altos cargos, de la Consejería de Educación. No negocia, no se reune, no escucha, no atiende a peticiones, que nos queda???? pues pasar por el aro y una vez dentro denunciar, denunciar y denunciar... si es que le encanta malgastar el dinero público en procesos judiciales innecesarios.
Lo dicho juzguen ustedes mismos. Lean, relean y den su propia opinión.
Buenos días (sin acritud eh)
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