A LA DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS Y CUAL ...QUIER ORGANISMO QUE POR COMPETENCIA PUDIERA CORRESPONDER.
D. ()con DNI () , con domicilio a afectos de notificaciones (), Cp (), actual de las listas de educación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, ante el conocimiento de que se está tramitando el “Borrador de Orden por la que se determina el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en el sector docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias”, y las grandes repercusiones laborales, profesionales y familiares que ello va a todos los integrantes de las listas y LA ESCASA REPRESENTACIÓN ACTUAL DE LOS SINDICATOS DE EDUCACIÓN SENTADOS EN LA MESA (menos del 50% de los votantes del censo y escasísima votación global del censo, en casi todos los sindicatos junto con su pobrísima afiliación de trabajadores) QUE CADA VEZ TIENEN MENOS VOTOS (prueba el rechazo social cada vez mayor entre el colectivo de los profesores), se persona ante este organismo y SOLICITA
QUE en el desarrollo del Decreto 74/2010 quede de esta forma:
- QUE el haber aprobado en cualquiera de las convocatorias de esta Consejería sea Mérito preferente frente a la antigüedad, ordenando la lista en orden de mayor a menor puntuación 1º con la últimas oposiciones celebradas, siguiendo luego con los opositores aprobados de convocatorias celebradas anteriormente por orden decreciente de año, y así sucesivamente. Seguidamente, una vez se hayan puesto en lista todos los aprobados sin plaza, se pondrán, a continuación en las listas aquellos opositores que hayan dado clase en función de su antigüedad.
- QUE La antigüedad sea computable sobre la base de 34 años de experiencia en el Cuerpo, toda vez que es profundamente injusto valorar igual con la misma nota un trabajador que lleva en el Cuerpo 34 años que otro que lleva 10. Propongo y Exijo que cada año sea computado por 0,1181 puntos en el supuesto que la antigüedad puntúe un máximo de 4 puntos, ya que lo contrario supondría una profunda desigualdad y un profundo demérito para los trabajadores más antiguos.
- QUE cualquier opositor que haya aprobado sin plaza en una lista no sea excluido de las otras listas, ya que estás varían y sus plantillas no son fijas ya que de no hacerse así sería dejar al azar el futuro profesional de estos opositores a la vez que se privaría a alumnos de los mejores profesionales que han demostrado objetivamente que poseen los mejores conocimientos docentes.
- QUE los méritos computen sobre 6 puntos, computando cada curso por cada 100 horas 0,1 puntos, toda vez que el actual sistema de puntuación es profundamente injusto, ya que, por ejemplo, equipara 2 cursitos de 101 impartidos por Sindicatos sobrerepresentados y escasa afiliación sindical, con una Licenciatura o un Doctorado, elemento de fragante injusticia, desigualdad, cuyo único fin en favorecer a los que han recibido esos cursitos.
- QUE sean tenidos en cuenta los cursos recibidos no sólo por la Consejería o Ministerio de Educación sino que también se incluyan los de la Consejería o Ministerio de Trabajo correspondiente que estén debidamente homologados.
- QUE si se aplica un período de prácticas para trabajadores de las lista que no tengan acreditada una prestación mínima de 3 meses de servicios docentes en el cuerpo y especialidad, sea exonerado los aprobados sin plaza toda vez que ya han demostrado que si lo saben hacer. Lo que si procedería sería hacer dichas pruebas a interinos y sustitutos que no han aprobado nunca un proceso selectivo, cuyo único mérito real y objetivable es haberse apuntado en la lista antes que el resto de opositores.
Por todo ello, SOLICITO que sean tenidos en cuenta TODAS Y CADA UNA DE ESTAS PETICIONES, y en caso de ser rechazadas adoptaré todas las medidas laborales, judiciales y sociales para acabar con los actuales privilegios de los interinos de Educación de esta lista.
Fdo.:
Es de Justicia que se pide en Las Palmas de Gran Canaria a 30 de diciembre de 2011.
D. ()
QUE en el desarrollo del Decreto 74/2010 quede de esta forma:
- QUE el haber aprobado en cualquiera de las convocatorias de esta Consejería sea Mérito preferente frente a la antigüedad, ordenando la lista en orden de mayor a menor puntuación 1º con la últimas oposiciones celebradas, siguiendo luego con los opositores aprobados de convocatorias celebradas anteriormente por orden decreciente de año, y así sucesivamente. Seguidamente, una vez se hayan puesto en lista todos los aprobados sin plaza, se pondrán, a continuación en las listas aquellos opositores que hayan dado clase en función de su antigüedad.
- QUE La antigüedad sea computable sobre la base de 34 años de experiencia en el Cuerpo, toda vez que es profundamente injusto valorar igual con la misma nota un trabajador que lleva en el Cuerpo 34 años que otro que lleva 10. Propongo y Exijo que cada año sea computado por 0,1181 puntos en el supuesto que la antigüedad puntúe un máximo de 4 puntos, ya que lo contrario supondría una profunda desigualdad y un profundo demérito para los trabajadores más antiguos.
- QUE cualquier opositor que haya aprobado sin plaza en una lista no sea excluido de las otras listas, ya que estás varían y sus plantillas no son fijas ya que de no hacerse así sería dejar al azar el futuro profesional de estos opositores a la vez que se privaría a alumnos de los mejores profesionales que han demostrado objetivamente que poseen los mejores conocimientos docentes.
- QUE los méritos computen sobre 6 puntos, computando cada curso por cada 100 horas 0,1 puntos, toda vez que el actual sistema de puntuación es profundamente injusto, ya que, por ejemplo, equipara 2 cursitos de 101 impartidos por Sindicatos sobrerepresentados y escasa afiliación sindical, con una Licenciatura o un Doctorado, elemento de fragante injusticia, desigualdad, cuyo único fin en favorecer a los que han recibido esos cursitos.
- QUE sean tenidos en cuenta los cursos recibidos no sólo por la Consejería o Ministerio de Educación sino que también se incluyan los de la Consejería o Ministerio de Trabajo correspondiente que estén debidamente homologados.
- QUE si se aplica un período de prácticas para trabajadores de las lista que no tengan acreditada una prestación mínima de 3 meses de servicios docentes en el cuerpo y especialidad, sea exonerado los aprobados sin plaza toda vez que ya han demostrado que si lo saben hacer. Lo que si procedería sería hacer dichas pruebas a interinos y sustitutos que no han aprobado nunca un proceso selectivo, cuyo único mérito real y objetivable es haberse apuntado en la lista antes que el resto de opositores.
Por todo ello, SOLICITO que sean tenidos en cuenta TODAS Y CADA UNA DE ESTAS PETICIONES, y en caso de ser rechazadas adoptaré todas las medidas laborales, judiciales y sociales para acabar con los actuales privilegios de los interinos de Educación de esta lista.
Fdo.:
Es de Justicia que se pide en Las Palmas de Gran Canaria a 30 de diciembre de 2011.
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